SUNAT amplía el plazo para regularizar el SIRE hasta el 31 de agosto: Lo que toda empresa debe saber
julio 7, 2026La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha anunciado una nueva ampliación de su facultad discrecional para no aplicar sanciones relacionadas con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
Esta medida excepcional brinda a los contribuyentes un plazo adicional para regularizar sus registros electrónicos y realizar los ajustes contables necesarios sin recibir multas administrativas.
Si tu empresa ya utiliza el SIRE o está próxima a incorporarse, este es el momento estratégico para auditar tus registros y asegurar el cumplimiento normativo.
¿Qué es el SIRE de la SUNAT y por qué es vital para tu negocio?
El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es la plataforma oficial de la SUNAT diseñada para gestionar de forma 100% digital el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE).
Su implementación busca:
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Simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el Perú.
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Mejorar el control fiscal.
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Reducir drásticamente los errores manuales en la gestión de la información contable.
Prórroga SIRE 2026: ¿Qué cambió con la nueva disposición?
A través de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000032-2026-SUNAT/700000, la SUNAT ha extendido la aplicación de su facultad discrecional para determinadas infracciones vinculadas al uso del SIRE.
En términos prácticos, esto significa que los contribuyentes pueden regularizar sus registros sin enfrentar sanciones económicas, siempre y cuando completen el proceso dentro del nuevo plazo límite.
¿Quiénes pueden acogerse a este beneficio tributario?
Esta ampliación de plazo aplica principalmente para dos grupos:
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Usuarios obligados hasta mayo de 2026: Aquellas empresas que ya debían usar el SIRE podrán generar registros pendientes o corregir inconsistencias hasta el 31 de agosto de 2026, librándose de las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.
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Nuevos usuarios desde junio de 2026: Los contribuyentes que adquieren la obligación a partir del periodo de junio de 2026 también están cubiertos por esta medida para los periodos de junio y julio, con el mismo plazo de regularización hasta el 31 de agosto de 2026.
Aclaración importante: ¿Significa que ya no debo utilizar el SIRE? Absolutamente no. La obligación de llevar los registros mediante el SIRE sigue vigente. La SUNAT únicamente ha flexibilizado la imposición de multas para facilitar la transición digital de las empresas.
5 Razones para aprovechar la prórroga y no esperar al último minuto
Postergar la adaptación tecnológica suele traducirse en cuellos de botella operativos y graves riesgos tributarios. Actuar ahora te permite:
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Corregir inconsistencias con mayor tranquilidad antes de cualquier fiscalización.
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Evitar futuras multas que impacten la rentabilidad del negocio una vez finalizada la facultad discrecional.
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Mantener la data financiera actualizada en tiempo real.
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Optimizar el tiempo de tu equipo contable, automatizando procesos repetitivos.
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Asegurar la continuidad operativa en la emisión de comprobantes.
Esta medida es crítica para pymes, estudios contables, distribuidoras y corporaciones que manejan un alto volumen de facturación diaria.
¿Cómo puede ayudarte Mifact a dominar el SIRE?
En Mifact, sabemos que la adaptación a las normativas de la SUNAT puede generar fricción operativa. Por ello, desarrollamos soluciones tecnológicas integrales que automatizan la gestión de tus comprobantes electrónicos y estructuran tu información para un calce perfecto con los requerimientos del SIRE.
Nuestro ecosistema te permite:
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Digitalizar tus procesos con total seguridad.
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Minimizar el margen de error humano en la declaración de impuestos.
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Sincronizar fácilmente tus datos de facturación.
La ampliación anunciada por la SUNAT es una ventana de oportunidad invaluable, pero no una excusa para retrasar la modernización de tu empresa. Cuanto antes integres el flujo del SIRE a tu operatividad, menor será tu exposición a contingencias fiscales.
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