Devolución del ISC para transportistas: SUNAT fija los porcentajes del tercer trimestre de 2026
octubre 22, 2026La devolución del ISC para transportistas es uno de los beneficios tributarios más relevantes para las empresas de transporte de carga y de pasajeros en el Perú. La SUNAT aprobó los porcentajes del tercer trimestre de 2026 (julio, agosto y setiembre) mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000207-2026/SUNAT.
Te explicamos cuáles son esos porcentajes, quiénes pueden acceder al beneficio, qué requisitos se deben cumplir y cómo y cuándo se presenta la solicitud.
Porcentajes de devolución del ISC: tercer trimestre de 2026
La SUNAT fijó estos porcentajes de participación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC):
| Periodo | Porcentaje de participación del ISC |
|---|---|
| Julio de 2026 | 8,42 % |
| Agosto de 2026 | 7,12 % |
| Setiembre de 2026 | 6,87 % |
Importante: estos porcentajes no son lo que el transportista recibe sobre el total de sus compras de combustible. Sirven para calcular el límite máximo de devolución de cada mes, según la metodología que establece la normativa vigente.
¿Qué es la devolución del ISC para transportistas?
Es un beneficio que permite a ciertos transportistas pedir la devolución del 70 % del ISC incluido en el precio de venta del diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm.
Está vigente hasta el 31 de diciembre de 2028 y aplica a quienes prestan estos servicios:
- Transporte público terrestre de carga.
- Transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional.
- Transporte terrestre regular de personas de ámbito regional.
- Transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial.
Requisitos para solicitar la devolución del ISC
Comprar combustible no basta para acceder al beneficio. Las empresas deben cumplir lo que exigen el Decreto de Urgencia N.° 012-2019, su reglamento y sus modificatorias. Estos son los puntos principales:
1. Autorización vigente
La empresa debe tener vigente la autorización de la autoridad competente para prestar el servicio de transporte que corresponda.
2. Vehículos que cumplan las condiciones
Las unidades deben respetar los límites de antigüedad de la normativa y contar con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular (CITV) vigente, cuando corresponda.
3. Combustible adquirido a proveedores válidos
El combustible debe comprarse a proveedores que cumplan la normativa y no estén excluidos por la SUNAT. Las compras hechas a proveedores que no cumplen estas condiciones no sustentan el beneficio.
4. Documentación de sustento
Según el tipo de servicio, se deben conservar estos documentos:
- Comprobantes de pago electrónicos de las compras de combustible. Tienen que incluir los datos exigidos del vehículo (placa de rodaje) y del combustible adquirido.
- Guías de remisión, en el transporte de carga. Deben estar vinculadas a los traslados que realizó cada unidad.
- Manifiestos de pasajeros, en el transporte de personas, cuando sean exigibles.
¿Cómo y cuándo se solicita la devolución del ISC?
La solicitud se presenta mediante el Formulario N.° 4949 o el Formulario Virtual N.° 1649, según corresponda. Se adjunta la información que exige la normativa, como la relación de comprobantes electrónicos y los demás documentos de sustento. Para preparar y validar esa información, la SUNAT ofrece el Programa Validador SUNAT (PVS).
Plazo: la solicitud se presenta trimestralmente, hasta el último día hábil del mes de presentación que corresponde a cada trimestre. Conviene revisar el cronograma y la guía oficial de la SUNAT antes de empezar el trámite.
¿Por qué importa tener ordenados los comprobantes electrónicos?
Buena parte del éxito de la solicitud depende de que la documentación esté completa, correcta y sea fácil de ubicar. Una gestión ordenada permite:
- Hacer seguimiento a las compras de combustible por vehículo.
- Relacionar cada operación con su placa, su guía de remisión o su manifiesto.
- Preparar más rápido la información para el PVS.
- Reducir errores que puedan observarse durante la evaluación.
Preguntas frecuentes
¿El 8,42 % de julio es lo que me devuelven?
No. Es el porcentaje de participación del ISC que sirve para calcular el límite máximo de devolución del mes.
¿Cada cuánto se presenta la solicitud?
Una vez por trimestre, hasta el último día hábil del mes de presentación que corresponda.
¿Qué combustibles incluye?
El diésel B5 y el diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm.
Organiza tus comprobantes electrónicos con MiFact
Para las empresas de transporte, tener la documentación en orden facilita preparar trámites como la devolución del ISC. Con MiFact puedes emitir y gestionar tus comprobantes electrónicos y tener tus documentos comerciales a la mano desde una sola plataforma. Así es más sencillo revisar tu información antes de presentarla a la SUNAT.
