SUNAT mediante la Resolución de Superintendencia N°000150-2021, del 19/12/2021, acordó los siguientes cambios entorno al PLAZO DE DECLARACIÓN:
1. Hasta el 30 de junio 2022, el plazo de declaración será: 3 días calendarios, contando desde el día siguiente de la fecha de emisión del comprobante.
2. A partir del 01 de julio 2022, el plazo de declaración será: 1 día calendario, contando desde el día siguiente de la fecha de emisión del comprobante.
Estos cambios solo aplican para Facturas, Notas de Crédito y Notas de Débito asociadas a sus facturas.
No aplica para boletas, ni Notas de Débito y Notas de Crédito asociadas a las boletas de venta.
Más información en: https://mifact.net/nuevo-plazo-de-envio-para-facturas-enero-2023-sunat/