SUNAT mantiene el plazo de emisión de facturas a 3 días calendario

 

Se amplió la vigencia del Decreto de Urgencia N°050-2021 el cual mantiene el plazo máximo de 4 días calendario para la emisión de facturas. Esto significa que se contarán 3 días calendario desde la emisión de tu comprobante. 

La vigencia de este nuevo plazo regirá desde el 27 de junio hasta el 31 de diciembre de 2022. 

Una vez finalizado el plazo, regirá uno nuevo desde el 1ero de enero de 2023, el cual se reducirá a 2 días, contando un día calendario desde el día siguiente de la fecha de emisión.  Anteriormente, SUNAT intentó aplicar esta medida desde el 1ero de enero de 2022, sin embargo, esta tuvo vigencia hasta el 1ero de julio del presente año y postergada nuevamente.  

La nueva disposición responde a “medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional”, según indica el decreto.  

Según el decreto, “los efectos económicos de la pandemia del COVID-19 sigue afectando a las empresas del país, generando que en muchos casos estas hayan visto afectado sus ventas, y por consiguiente dicha afectación, las obliga a replantear sus prioridades”. 

Asimismo, el decreto dispone “promover el financiamiento de las MIPYME, startups y otros emprendimientos, estableciendo la obligación de poner a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio y SUNAT, la emisión de la factura y recibos por honorarios electrónicos”, por lo cual resulta necesario ampliar la vigencia del decreto. 

La medida tiene como objetivo evitar perjudicar el proceso de recuperación de las mencionadas empresas que fueron afectadas económicamente por la pandemia del COVID-19 y los efectos de la guerra en Europa.  

 

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