Desde hoy 05/01/2023, mediante la RS 003-2023, SUNAT ha retornado al plazo de envío de tres días para facturas y notas de crédito o débito asociadas a facturas.
Es importante recordar que la SUNAT ha ajustado en varias ocasiones los plazos de declaración para las facturas. A continuación, te compartimos los detalles
- Entre el 17 y 31 de diciembre del 2021: El plazo de declaración será 3 días calendarios, contando desde el día calendario siguiente a la fecha de emisión del comprobante.
- A partir del 01 de enero del 2022: El plazo de declaración será 2 días calendarios, computados desde la fecha de emisión del comprobante.
- A partir del 01 de julio 2022, el plazo de declaración será: 1 día calendario, contando desde el día siguiente de la fecha de emisión del comprobante. (Resolución de Superintendencia N°000150-2021)
- Desde el 05/01/2023, SUNAT ha retornado al plazo de envío de tres días para facturas y notas de crédito o débito asociadas a facturas. (RS SUNAT 003-2023)
La resolución no fija ningún plazo de duración, por tanto este plazo regirá hasta nuevo aviso.
Los cambios de plazos de envío por SUNAT pueden resultar confusos y frustrantes. Pero este cambio consideramos favorece a todos las empresas.
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