Los Transportistas nos preguntan: ¿dónde deben declarar la subcontratación de otra empresa transportista? Cuando en realidad la pregunta debería ser: ¿Quién debe declarar la nueva Guía Electrónica?
Primero, es necesario aclarar que, en las guías electrónicas, SUNAT sólo se permite declarar cuando estás siendo subcontratado no cuando estás subcontratando a otro transportista (Pantallazo de la resolución) (Link don el detalle en la descripción).
Es decir que cuando subcontratas a otro transportista este tiene que emitir una guía de remisión transportista indicando que tú lo has contratado y también indicar que eres el pagador del flete.
Ejem: Fui contratado por ACME S.A para transportar electrodomésticos de Lima a Trujillo y se me malogró el camión, entonces contrato a Transportes El Rapidito SAC (subcontratado), para que lleve la mercadería hasta el destino pactado, El rapidito deberá emitir una Guía Transportista indicando que yo soy el subcontratador y pagador del flete.
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