Cambios en la normativa de emisión electrónica de comprobantes de pago

SUNAT publicó el pasado 7 de noviembre la nueva normativa RS. 193-2020 donde especifica nuevos cambios respecto.

  1. El tiempo de envío hacia OSE o SUNAT se reducirá a 1 día de su fecha de emisión y los campos en los documentos XML de facturas electrónicas y sus notas de crédito vinculadas; recibos por honorarios electrónicos y sus notas de crédito vinculadas.
  2. Informar del tipo pago (contado o crédito).
  3. SUNAT indica colocar el monto neto pendiente de pago (saldo pendiente de pago descontando las retenciones del IGV, detracciones que deba efectuar el adquirente o usuario y otras deducciones a las que pueda estar sujeto el comprobante de pago).

 

Antes

Desde el 01 de abril 2021

1.       El tiempo de envío hacia OSE o SUNAT se reducirá.

El tiempo de envió admitía hasta 7 días una vez emitido la factura electrónica.

 

Ejemplo:

Si emitía el comprobante el día 10/03; el envió podía realizarse hasta el 17/03 para la recepción y validación.

SUNAT establece que, el tiempo de envió será de 1 día una vez emitida la factura electrónica.

 

Ejemplo: Si emite el comprobante el día 10/04; el envío debe realizarse a más tardar el día 11/04 para la recepción y validación.

2.       Informar el tipo pago de las facturas electrónicas (contado o crédito)

No era obligatorio declarar el tipo de pago en la factura si la forma de pago era al contado o crédito.

Es obligatorio a partir del 01 de abril colocar la forma de pago al contado o crédito en los comprobantes electrónicos.  

3.       Colocar el monto neto pendiente de pago en las facturas electrónicas.

No era obligatorio colocar el saldo pendiente de pago descontando las retenciones del IGV.

Es obligatorio a partir del 01 de abril colocar el saldo pendiente de pago descontando las retenciones del IGV.

Según las disposiciones a partir del 01 de abril del 2020 el tiempo de envío hacia OSE o SUNAT se reducirá de 7 días de su fecha de emisión.

a) Los nuevos datos que debe contar la Factura electrónica son:

• Forma de pago (dato obligatorio):

  • Contado: Cuando el pago de la factura es en la misma fecha en la que se emite el comprobante.
  • Crédito: Cuando la factura se paga en fecha posterior a la emisión.
  • Datos adicionales cuando el pago es al crédito:
  • Monto neto pendiente de pago
  • Fecha(s) de vencimiento del (los) pago(s)
  • Monto del pago único o de las cuotas (si se paga en partes)

El monto neto pendiente de pago no incluye las retenciones del IGV, el monto del depósito de detracciones y otras deducciones a las que pueda estar sujeto el comprobante de pago. Es decir, se considera solo el monto que efectivamente se va a pagar. En caso realice facturas a crédito deberá colocar las cuotas y fecha de vencimiento.

b) Los nuevos datos relacionados con las retenciones del IGV (opcionales)

  • Porcentaje de la retención
  • Importe de la operación
  • Importe de la retención

Tener en cuenta que: La inclusión de estos datos en la factura no elimina la obligación de emitir el comprobante de retenciones. La norma no establece esa exepción.

Para nuestros clientes, les informamos que somos uno de los primeros proveedores de servicios electrónicos (PSE) que han realizado los cambios indicados por SUNAT y pueden visualizarlo en la versión demo:

Link: http://demo.mifact.pe/
Usuario: demomifact

Contraseña:  Demo12345

Podrán visualizarlo en sus sistemas el sábado 20 en la noche (aplica a clientes que utilizan portal), en caso cuenten con integración JSON o TXT tiene que ingresar al repositorio oficial de GitHub  y visualizar los cambios y los archivos de ejemplos.

Si emites desde nuestro Portal Mifact y al contado, no vas a visualizar los cambios en el sistema,  pero si lo das a crédito veras un botón que dice “Cuotas” dentro del Portal Mifact.

 
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