Según la R.S. N° 117 – 2022 SUNAT , el plazo de envío de facturas* electrónicas se va reducir a 1 día (desde el 1 de enero de 2023), contando desde el día siguiente de la fecha de emisión del comprobante.
Si bien usted puede emitir facturas hasta 1 día después de la fecha original, le recomendamos no hacerlo, para evitar correr el riesgo de rechazo de su factura por parte de SUNAT ya sea porque:
- Se envió el comprobante en el tiempo límite de declaración.
- Porque se cayó el servicio de validación de SUNAT.
- Porque se quedó sin servicio de Internet.
Si aún necesita emitir en el límite de 1 día, por favor verifique que la Factura haya sido aceptada por SUNAT antes de entregarla a su cliente.
Puede validar su factura:
- Verificando el estado en nuestro Portal
- Con el método GetStatusInvoice (para sistemas integrados)
Además, se puede forzar la validación de la factura enviándola manualmente a SUNAT hasta que sea aceptada, teniendo en cuenta que la SUNAT puede presentar alguna intermitencia en su validación.
*Facturas y Notas de de Crédito o Débito asociadas a una Factura.
El nuevo plazo de envío es hasta un día después, no aplica para Boletas, ni Notas de Crédito o Débito asociadas a ellas.
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