¿Cuál es el último plazo para emitir facturas electrónicas de manera obligatoria?
Para las empresas que han sido designadas por SUNAT el plazo más reciente es el 30 de junio del 2017.
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Contamos con el software más completo del mercado, lo que hace de nuestro software la herramienta perfecta para emitir comprobantes electrónicos. Mifact está desarrollado para que su empresa pueda incorporar al régimen de emisión de comprobantes electrónicos de acuerdo a la resolución dispuesta por SUNAT.
Para las empresas que han sido designadas por SUNAT el plazo más reciente es el 30 de junio del 2017.
Si, pero debe comprobar sea una empresa acreditada y homologada por SUNAT para proveer este servicio, OSYS COMPANY cuenta con el software homologado así como de la infraestructura necesaria para poder atender sus necesidades y custodiar su información.
No. El contribuyente puede usar todas las series que estime conveniente. Solo se debe respetar la estructura de la serie para cada tipo de documento: serie alfanumérica de 4 posiciones
La numeración de los comprobantes de pago, notas de crédito y débito electrónicas, se distinguen de la numeración aquellos emitidos en formato impreso por imprenta autorizada, por la estructura de la numeración. La estructura de la numeración del comprobante está conformada por una serie alfanumérica de 4 posiciones seguido del número correlativo de hasta ocho posiciones, empezando por el correlativo 1
No, en el caso de los documentos electrónicos, ya no es necesario solicitar autorización de rangos de numeración. El emisor electrónico, gestiona su propia numeración. Tampoco tiene que comunicar altas y bajas de series.
Desde el 01 de enero del 2024, todos los contribuyentes están obligados a Guías de Remisión Electrónica.
Los RUS no están obligados a emitir Guías de Remisión Electrónica porque no emiten facturas.
No. Cuando una factura es rechazada, el número queda inutilizado. Debe usarse otra numeración. Tenga en cuenta que una factura rechazada, NO ES FACTURA, por lo que sí hubo una anulación se debe entregar una nueva a su cliente.
Sí. Dicha numeración debe ser anotada en el Registro de Venta como si se tratara de un comprobante anulado, es decir, con todos los valores en cero.
No. Cuando una factura o nota de crédito o débito electrónica es rechazada, el sistema de SUNAT ya tiene registrado dicha numeración, por lo que no se debe incluir en la comunicación de baja. Solo se incluye en este documento, los comprobantes o notas que fueron aceptadas por la SUNAT y que por alguna razón, NUNCA se otorgaron.
La entrega de las facturas electrónicas así como sus notas de crédito o débito electrónicas se entregan por medios electrónicos. El emisor electrónico define el medio de entrega. Ejemplos de medios electrónicos: correo electrónico, página web.
Sí es posible. Incluso también pueden ser utilizadas para modificar tickets impresos por máquinas registradoras.
Desde el Sistema Mifact puedes descargar tu SIRE de Compras y Ventas fácilmente. Recuerda que, el SIRE está en reemplazo del PLE, este documento te permite contrastar la información de tus reportes contables con la información que maneja SUNAT.